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domingo, 25 de octubre de 2015

La Religión como asignatura y la Constitución.



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Humor grafico JMNIETO en ABC, 22/10/15


Introducción.

Resulta interesante y oportuno recordar aquí la Constitución Española de 1.978, C-78,  cuyo artículo 16, garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto y configura el Estado como aconfesional al declarar que ninguna confesión tendrá carácter estatal si bien “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.
Por otra parte, el artículo 27.3 de dicha C-78 establece la libertad de las familias, el derecho constitucional a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones y “se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales”.

Elecciones legislativas el 20 de diciembre 2.015.

A dos meses escasos de la celebración de unas decisivas elecciones legislativas, ha comenzado ya una singular pre campaña electoral que presagia una extrema virulencia debido a las propuestas y programas de los partidos de izquierda que hoy, en muchos aspectos, se encuentran  muy lejos de las prescripciones de la C-78 aprobada en su día con el consenso de todos los partidos. El PSOE cuyas malas perspectivas electorales según todas las encuestas, teme verse desplazado por el nuevo partido de ultraizquierda antisistema, Podemos, y para evitarlo ha radicalizado su programa en algunos temas “sensibles” como mas adelante se detalla.

Programa electoral del PSOE.

Algunas de las propuestas del programa electoral socialista, referente a la política religiosa son:

  • Suprimir la asignatura de Religión, incluso en todos los centros docentes, sean públicos, privados o privados concertados.
  • Revisar “el Concordato”(sic), desconociendo que hoy ya no existe como tal; sin duda se refieren a los Acuerdos con la Santa Sede que tienen carácter de tratado internacional, por lo que su modificación o derogación requiere la aprobación de dos tercios de las Cortes.
  • Borrar la referencia a la Iglesia Católica del artículo 16.3 de la C-78.
  • Reclamar a la Iglesia bienes de su Patrimonio Cultural, o hacer que los edificios religiosos no destinados al culto paguen el IBI.
“La prioridad de mi generación es reformar el Estado para transformarlo de aconfesional en laico” ha declarado el candidato del PSOE a la presidencia, P. Sanchez,   introduciendo el debate sobre unos temas que gran parte de la sociedad española tiene superados dado que  hoy  son once millones de votos moderados y centristas los que procuran la victoria electoral.

Tipos de centros docentes.

Los centros docentes se clasifican en públicos y privados.
Son centros públicos aquellos cuyo titular es una administración pública.
Son centros privados aquellos cuyo titular es una persona física o jurídica de carácter privado y son centros privados concertados los centros privados acogidos al régimen de conciertos legalmente establecido. La prestación del servicio público de la educación se realizará, a través de los centros públicos y privados concertados.
La mayor parte del alumnado, aproximadamente un 70%, acude a los centros públicos, en donde reciben una enseñanza de desigual calidad que depende de cada centro concreto.La enseñanza es gratuita en los niveles desde 6 años hasta los 14. No es objeto de este artículo entrar en detalles de la calidad de la enseñanza y sus problemas.
Los centros privados concertados, atienden a un 25% aproximadamente del alumnado. Están subvencionados por el Estado siendo la enseñanza prácticamente gratuita desde los niveles primarios hasta el bachillerato.La mayor parte de estos centros son de titularidad confesional católica y están atendidos por las órdenes religiosas, masculinas y femeninas, que tradicionalmente se han dedicado a la enseñanza, como Jesuitas, Marianistas, Maristas, Escuelas Pías, Sagrados Corazones etc.etc. El nivel de su enseñanza es muy elevado y el número de plazas ofertadas es inferior a las solicitudes lo que supone un verdadero problema para los padres que quieren que sus hijos accedan a una educación de calidad y además ofrecen un ideario de inspiración católica.Es de destacar que estudios económicos del coste de la plaza escolar en estos colegios es notablemente inferior al mismo en los colegios públicos lo que representa un considerable ahorro para el Presupuesto. A pesar de lo cual algunas Comunidades Autónomas   adoptan todo tipo de trabas a estos centros limitando su libertad de funcionamiento.
Los colegios privados son minoritarios ya que su alumnado representa menos del 5% del total.Son muy elitistas y su coste es elevado dado que no perciben ningún tipo de ayuda del Estado. La calidad de su enseñanza es aceptable y en todos ellos se dedica especial interés a la enseñanza de idiomas (muchos son bilingues)  y otras actividades complementarias.
Razones por las que la Religión debe mantenerse como asignatura.
Seguidamente se exponen  los motivos por los que la enseñanza religiosa tiene que seguir presente en todos nuestros centros educativos.

  • Es un derecho amparado por la Constitución.
Como queda dicho en la Introducción de este artículo, la C-78 deja bien claro: «Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones». Por tanto, si el PSOE elimina la Religión de la escuela, la ley que así lo determinase sería inconstitucional al atentar contra un derecho fundamental de los padres o de los mayores de edad que se encontraran en disposición de elegirla.

  • Está reconocida en los Acuerdos Iglesia-Estado de 1979
Entre los Acuerdos que firmaron la Santa Sede y el Estado español en 1979, se encontraba el referido a la enseñanza y a asuntos culturales. Con carácter de ley orgánica por ser un tratado internacional, el Gobierno de España se comprometía a incluir la enseñanza de la religión católica en todos los centros educativos y en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales. Para saltarse este acuerdo, cualquier gobierno futuro tendría que denunciar unilateralmente los Acuerdos en una decisión que no tendría precedentes en la comunidad internacional, donde incluso países de tradición no católica mantienen acuerdos con el Vaticano.

  • Es imprescindible para  completar una educación integral.
La religión católica y el Cristianismo en general impregnan de tal manera la historia de ESPAÑA que es imposible entender además de dicha historia, el significado de la literatura, el arte, la filosofía, la cultura en general etc.Por ello el estudio del hecho religioso otorga al alumno una serie de conocimientos y competencias imprescindibles en numerosos ámbitos de la vida.
  • Evitar otros daños colaterales.
Eliminar la asignatura de Religión católica, que también afectaría a las asignaturas de otras confesiones como la judía, evangélica o musulmana, también tendría un impacto muy negativo sobre las familias de los profesores, unos 25.000 en España, que acabarían engrosando las cifras del desempleo en España.

Conclusiones.

Imaginemos por un momento que una victoria electoral de las izquierdas coaligadas en un “frente popular” o cinturón sanitario contra el PP y otros partidos de centro, obtiene la mayoría absoluta del Parlamento; según todo lo expuesto en párrafos anteriores para aplicar su programa deberían iniciar un largo proceso para reforma de la C-78,con denuncia de los Tratados Internacionales para sustituir los Acuerdos con la Santa Sede, etc.Mientras estas esta iniciativas se completan, se impone un largo periodo de inestabilidad en las actividades educativas totalmente nocivo para la formación del alumnado.
Los índices de calidad de nuestra enseñanza que ya se sitúan en los lugares mas bajos según Pisa, todavía descenderían mas.
Ante esta situación, podría ocurrir  que  todos los centros concertados, abrumados y atosigados por las presiones e injerencias del Estado renunciaran a su estaus y cerraran o bien se convirtieran de facto en centros meramente privados.
Consecuentemente unos dos millones de alumnos de toda España quedarían sin plaza escolar gratuita ya que los centros públicos serían incapaces de absorber la nueva demanda de plazas y  tampoco podrían acceder a los centros privados, bien por escasez de plazas, bien porque la mayor parte de las familias no puede costear la enseñanza en dichos centros.  
Varios miles de profesores pasarían a engrosar las lista del paro al desaparecer cientos de centros.
Pues bien, todo esta delirante situación que mas bien podría parecer una película de terror,  sería posible que se sufriera en ESPAÑA si se implantaran las medidas, hoy anticostitucionales, anunciadas por el candidato P.Sanchez.
Cada cual que medite y se responsabilice de  las consecuencias de sus actos y después no actúen como las plañideras de siempre gimiendo con lágrimas de cocodrilo: “NO ES ESTO, NO ES ESTO”.
F.J. de C.
Madrid, 25 de octubre de 2.015