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lunes, 23 de julio de 2018

El imposible pacto nacional por la educación.

Previamente a cualquier comentario al tema que nos ocupa se hace necesario recordar el Artículo 27 de la Constitución Española, C.E. de 1978 que textualmente dice:
Artículo 27
    1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
    2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
    3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
    4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
    5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
    6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
    7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.
    8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
    9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
    10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.

El actual gobierno de ESPAÑA, salido de la moción de censura contra el anterior gobierno del PP, está presidido por el socialista Pedro Sánchez y  constituido por miembros del PSOE con apoyo parlamentario de una amalgama de partidos desde la extrema izquierda de Podemos hasta los partidos secesionistas y antiespañoles de Cataluña y Vascongadas, alguno filoterrorista de Eta.

Los llamamientos al diálogo y al consenso que el PSOE (cuando estaba en la oposición) lanzó al ejecutivo del PP se han olvidado por completo y ello es lógico dentro de la dinámica ideológica de la izquierda en general que considera que todos los temas relacionados con la Educación y Cultura les pertenecen en exclusiva.

La última y más reciente Ley que trata temas educativos es la LOMCE ( Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa) y fue promulgada por el PP cuando disponía de mayoría absoluta  ha sido una ley muy contestada y controvertida por toda la izquierda. Es en este contexto cuando entra en funciones el nuevo gobierno socialista y se producen unas explosivas declaraciones de la nueva ministra socialista de Educación, Isabel Celaá, que descubren las intenciones del nuevo Gobierno que proyecta realizar de manera urgente  e inmediata unos cambios que afectarán principalmente a :

  • La educación concertada.
  • Enseñanza de la religión.
  • Educación diferenciada por sexos.
  • Creación de una nueva asignatura de “Valores Cívicos”.

Educación concertada
Conviene recordar que existen dos clases de centros: públicos, que dependen totalmente del Estado y  privados, que son gestionados por la iniciativa privada; dentro de éstos a su vez hay que distinguir entre los privados-concertados, que reciben subvención del Estado y los privado puros, sin ningún  tipo de subvención.
Los centros privados-concertados, atienden a un 26% del alumnado, más de 8 millones de alumnos, cuyo coste medio de explotación por plaza es 2.850€ notablemente inferior al de los públicos, cuyo coste medio por plaza alcanza los 6.000€ ; es decir, las arcas del Estado se ahorran unos 2.500millones de euros con esta enseñanza.
Los colegios concertados están regidos en su mayoría por órdenes religiosas y tienen un gran prestigio académico y demanda social.
El Estado, a cambio de la subvención les exige ciertas condiciones organizativas. Según las intenciones que apunta la ministra Celaá, el PSOE y toda la izquierda que le apoya, verían con enorme agrado su desaparición y éste, sin duda,va a ser uno de los asuntos mas vidriosos que probablemente impedirán ese no nacido “pacto”; aunque constitucionalmente el gobierno no puede liquidar por completo la enseñanza privada, sí podría establecer una serie de condiciones reglamentarias tan exigentes que los centros concertados, al menos,  quedarían eliminados de facto.
Enseñanza de la religión.

Según el mencionado artic. 27.3 de la C.E. cualquier centro de enseñanza sea público o privado debe tender a la formación integral de sus alumnos y el hecho religioso, sin duda, es una parte importante de los contenidos de dicha formación, por lo que es evidente que los centros privados y concertados, tienen pleno derecho a organizar sus clases, incluyendo la de Religión, de acuerdo con el ideario que profesen.
Los colegios regidos por religiosos deben transmitir, en un espíritu de libertad, un mundo de valores que se deducen del mensaje cristiano, haciendo ver, por otra parte, la enorme importancia del cristianismo en la configuración de la cultura, especialmente occidental. Lógicamente, al ser centros que los padres eligen libremente, esta oferta "religiosa" se realiza en el marco de un cuadro que resulta obligatorio para quienes han elegido ese centro, normalmente alumnos católicos (respetando a los de otras religiones cuando los hubiera).
El ambiente general del centro es el que proporciona  la formación religiosa y en valores que debe ser completada por la Iglesia (en el caso de los católicos) y por la familia.
Los centros públicos deben incluir la cultura religiosa y todo lo relacionado con el hecho religioso que es cultural e históricamente de primera magnitud; así como ofrecer a sus alumnos además orientación e información sobre la oferta religiosa existente en su barrio o ciudad.
En cuanto a la cuestión de si resulta más conveniente para la formación integral del alumnado que la cultura religiosa sea o no evaluada como una asignatura con el mismo valor académico que las otras asignaturas, es una cuestión muy debatida, con dos enfoques: el evaluacionista  que opina que lo que no se evalúa no se valora y el antievaluacionista, como humildemente opina quien esto escribe, entiende que a este tipo de saber le va más un ámbito de total libertad académica sin ningún tipo de presión.
Educación diferenciada por sexos.
Este es uno de esos temas sobre los que la izquierda gusta hacer bandera para discriminar e imponer una ideología de género a la que tan proclive se muestra el poderoso lobby feminista; sin embargo, y partiendo de la constitucional libertad de enseñanza es el centro exclusivamente el que está capacitado para establecer o no la enseñanza diferenciada; de hecho, hoy por hoy así lo están realizando los centros concertados en la mayoría de los cuales no existe esa separación por sexos.
Creación de una nueva asignatura de “valores cívicos”.
En los ya antiquísimos tiempos del franquismo existía una asignatura llamada “Formación del Espíritu Nacional” FEN que era obligatoria en todo tipo de enseñanzas, incluída la universitaria.Los que por imperativo de la edad tuvimos que cursar en la Universidad semejante engendro todavía nos carcajeamos recordando la simpleza de una asignatura que despectivamente, se incluía entre las “Marías”.
El inefable Zapatero, introdujo en la enseñanza media, con todos los honores académicos, como si de matemáticas se tratara, la asignatura de “Educación para la Ciudadanía”  denostada por todos aquellos que en su día sufrimos la FEN ,por los enseñantes sensatos y por el alumnado ; sin embargo, el Partido Popular en su nueva ley LOMCE, tan rechazada por la izquierda, no se atrevió a abolir ( a pesar de su mayoría absoluta) esta mamarrachada de “la Ciudadanía”  del ocurrente y sectario ZP.
De nuevo el gobierno del PSOE de Sánchez se ve en la obligación de hacer un nuevo ridículo con la proyectada asignatura de “valores cívicos”, mientras pretende  relegar la Religión a una cosa secundaria, voluntaria que podría ser canjeada por algo de tipo histórico-cultural pero académicamente secundario.
F.J.de C.
Madrid, 23 de julio de 2.018